
La Corte de Constitucionalidad decreta medidas que conduzcan al cumplimiento de la sentencia cuya debida ejecución formulada por Allan Estuardo Rodríguez Reyes, Greicy Domenica De León De León, Héctor Adolfo Aldana Reyes y Víctor Alfredo Valenzuela Argueta, en calidad de diputados al Congreso de la República de Guatemala, de la sentencia de tres de abril de dos mil veinticuatro, dictada por esta Corte.
Además según lo resuelto hoy por la máxima corte, hace efectivo el apercibimiento decretado en el fallo arriba identificado emitido por este Tribunal y, como consecuencia, certifíquese lo conducente al Ministerio Público a efecto de que determine la posible comisión de ilícitos penales por parte de quienes han promovido y avalado la mencionada actuación, sin perjuicio de las demás responsabilidades en que pudieran incurrir los demás funcionarios y autoridades involucradas, entiéndase Nery Ramos y demás diputados que integraron la Junta Directiva que ILEGALMENTE restituyeron los derechos como bancada a los diputados del CANCELADO partido Movimiento Semilla.
Porque nadie está por encima de la ley, nadie.
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